El 3 de junio último día para recoger credencial para votar con fotografía

Chetumal.- En Sesión Extraordinaria de la Comisión Local de Vigilancia del Instituto Nacional Electoral (INE), en la entidad, se presentaron las disposiciones generales para la conformación de la Lista Nominal de Electores con Fotografía producto de instancias administrativas y resoluciones del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).

 

En el marco de la reunión, se dio a conocer que los ciudadanos que tramitaron una reposición de su credencial para votar, solicitado una instancia administrativa o hayan presentado una demanda de juicio ante el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), y hayan salido favorables, tienen hasta el 3 de junio a las 20 horas para acudir por su credencial para votar.

Después del plazo antes señalado, serán resguardados en sesión de las comisiones distritales de vigilancia.

Estos ciudadanos aparecerán en una Lista Nominal Adicional que será proporcionada a la Junta Local del INE, a más tardar el 30 de mayo, para su distribución al Instituto Electoral de Quintana Roo (IEQROO).

Según los acuerdos alcanzados, serán incluidos quienes hayan obtenido una resolución favorable a instancia administrativa de solicitud de expedición de credencial para votar o de solicitud de rectificación a la Lista Nominal de Electores hasta el 31 de enero de 2016, y obtenido su credencial para votar después del 31 de marzo de 2016 y hasta el 20 de mayo de 201; Posean una resolución favorable a una Instancia Administrativa de solicitud de expedición de Credencial para Votar o de una solicitud de rectificación a la Lista Nominal de Electores después del 31 de marzo de 2016 y a más tardar el 20 de mayo de 2016; y hayan obtenido una resolución favorable del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, a las demandas de Juicio para la Protección de los Derechos Político-Electorales y obtengan su Credencial para Votar después del 31 de marzo de 2016 y a más tardar el 20 de mayo de 2016.

De igual forma, se refirió que las personas que obtengan una resolución favorable a una demanda de juicio para la protección de los derechos político-electorales, después del 20 de mayo 2016, no estarán incluidos en el Listado Adicional, pero quedarán a salvo sus derechos de conformidad con lo establecido en el artículo 85 de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral, esto quiere decir que podrán votar con el resolutivo del Tribunal.

El listado nominal adicional se imprimirá entre el 23 y 29 de mayo y a más tardar el 30 de mayo, será entregado a la Junta Local Ejecutiva del INE para su distribución al IEQROO.

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