IEQROO invita a la ciudadanía a participar como Observadores Electorales el 5 de junio

Chetumal.- El Instituto Electoral de Quintana Roo (IEQROO) hace un llamado a la ciudadanía en general para que participen como Observadores Electorales, el día de las elecciones del 5 de junio; los interesados tienen hasta el día 30 de abril para solicitar su acreditación, informó la Consejera Electoral Thalía Hernández Robledo.

 

Señaló que el Instituto, al igual que en los Consejos Distritales, Municipales y en el INE, se está recibiendo la documentación de los ciudadanos interesados en ser Observadores Electorales durante la jornada electoral; y es el Instituto Nacional Electoral (INE) quien otorgará las acreditaciones para desempeñar dicho función ciudadana.

Dijo que los ciudadanos que fungirán como Observadores Electorales, abonarán a la transparencia y credibilidad de las elecciones del 5 de junio, pues son los portavoces y vigilantes de cómo se desarrollará la jornada electoral.

La Consejera Electoral, reiteró que los procesos electorales son ciudadanizados, es decir, los ciudadanos serán autoridades y serán quienes verifiquen a las autoridades electorales de que el proceso se desarrolle con total transparencia, máxima publicidad y que actúen dentro del marco legal.

Sobre los requisitos para ser Observador Electoral son: ser ciudadano mexicano en pleno goce de sus derechos civiles y políticos; no ser ni haber sido miembro de dirigencias nacionales, estatales o municipales de organización o de partido político alguno en los tres años anteriores a la elección. No ser, ni haber sido candidato a puesto de elección popular en los tres años anteriores a la elección.

Así como asistir a los cursos de capacitación, preparación o información que imparta el INE, el  IEQROO o en los Consejos Distritales y Municipales, bajo los lineamientos y contenidos que dicten las autoridades competentes.

Explicó que los Observadores Electorales se abstendrán de sustituir u obstaculizar a las autoridades electorales en el ejercicio de sus funciones, e interferir en el desarrollo de las mismas; hacer proselitismo de cualquier tipo o manifestarse en favor de partido o candidato alguno; externar cualquier expresión de ofensa, difamación o calumnia en contra de las instituciones, autoridades electorales, partidos políticos o candidatos, y declarar el triunfo de partido políticos o candidato alguno.

Por otra parte, señaló que los Observadores electorales podrá fungir en cualquier ámbito territorial de la República Mexicana; así como solicitar ante a las autoridades electorales que correspondan, la información electoral que requieran para el mejor desarrollo de sus actividades.

Así como observar los actos de instalación de casillas; desarrollo de la votación; escrutinio y cómputo de la votación en la casilla; fijación de resultados de la votación en el exterior de las casillas; clausura de la casilla; lectura en voz alta de los resultados en el Consejo Distrital y recepción de escritos de incidencias, protestas y presentar un informe de sus actividades en los términos y tiempos que para tal efecto determine el Consejo General

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